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Ingreso Mínimo vital, te informamos

barro
2 de junio de 2020
Artículos

Desde Asociación Barró queremos, como parte de nuestro compromiso de apoyar a las familias en situación de vulnerabilidad social, informar sobre el Ingreso Mínimo Vital que acaba de ser aprobada por el gobierno.

Para eso os proporcionamos información de interés, y os damos enlaces donde informaros, para conocer en qué consiste esta renta, quién la puede solicitar, qué requisitos piden, cómo solicitarla o plazos de presentación.

Os destacamos aspectos importantes a tener en cuenta y os recomendamos leer detenidamente la documentación:

QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA SOLICITARLO:

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al año inmediatamente anterior.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo que se acredita teniendo en consideración su patrimonio y su nivel de ingresos y rentas.
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho, en los términos que se fijen reglamentariamente. Quedan exceptuados los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  • Que la unidad de convivencia este formada desde hace un año.
  • Figurar inscritas como demandantes de empleo, en el caso de personas mayores de edad o menores emancipados, que no estén trabajando.
  • Además de estos requisitos generales deberá reunir una serie de condiciones referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia.

COSAS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA PARA LA SOLICITUD Y TRÁMITACIÓN

  • El plazo para solicitar la prestación se inicia el lunes 15 de junio de 2020. Las solicitudes presentadas entre el 15 de junio y el 15 de septiembre  tendrán, efectos económicos desde el 1 de junio de 2020, 
  • No es necesario acudir presencialmente a la oficina para solicitarlo. Puede hacerse en la Sede electrónica de la Seguridad Social, donde los ciudadanos, con un teléfono móvil, una tablet o desde un ordenador, pueden presentar su solicitud.
  • Con respecto a la presentación, puede a través de un formulario adjuntando imagen de documento de identidad, o si tiene certificado electrónico o contraseña cl@ve utilizar el  Servicio Ingreso Mínimo Vital con certificado o contraseña.
  • El plazo máximo para resolver su solicitud es de tres meses desde la fecha de presentación.
  • El pago de la prestación será mensual y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación.
  • En caso de ser concedida, la cantidad dependerá de la situación de cada persona. Pero la renta garantizada será de 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Cuando se trata de una unidad de convivencia esta cantidad se incrementará en 139 euros al mes por cada persona adicional, adulta o menor, hasta un máximo de 1.015 euros al mes. Además, para las familias monoparentales, se añade un complemento de 100€.

AMPLÍA LA INFORMACIÓN

Guía de facilitación de acceso a las medidas

Sobre el ingreso mínimo vital

  • Beneficiarios
  • Requisitos
  • Cuantías
  • Acreditación de los requisitos
  • Pago
  • Obligaciones de las personas beneficiarias
  • Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas
  • Duración
  • Simulador del Ingreso Mínimo Vital

Web Ministerio. Respuesta a preguntas concretas

Sede electrónica de la Seguridad Social. Simulador del ingreso mínimo vital

BOE núm. 154, de 1 de junio de 2020, páginas 36022 a 36065 

Tags: Ingreso Mínimo vital
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